Política de Confidencialidad

Ingeniería y Técnicas de Calidad, S.L. (ITC INTECA) considera primordial el cumplimiento de los requisitos de Confidencialidad en base al cumplimiento de la legislación vigente, según las normas:

UNE-EN ISO/IEC 17020, UNE-EN ISO/IEC 17024

UNE-EN ISO/IEC 17025 y UNE-EN ISO/IEC 17065

ITC INTECA tiene como uno de sus pilares fundamentales el cumplir los requisitos necesarios para mantener su condición de acreditado.

Por tal motivo se establece la siguiente Política de Confidencialidad:

  • Toda información relativa a Evaluaciones de Conformidad es confidencial y no se transmitirá a terceros, a excepción de la remitida a la Administración por imperativo legal, por situaciones potencialmente peligrosas que deban ser comunicadas para preservar la seguridad o a petición de la Administración de Justicia ó de un Ente Acreditador. Siempre que la ley lo permita, se emitirá una notificación previa al cliente antes de divulgar la información.

  • Debe disponerse de un consentimiento escrito previa divulgación de información que este fuera de un acuerdo previo.

  • Toda información sobre el cliente obtenida a partir de fuentes diferentes al propio cliente (reclamaciones, legislador, otros) debe tratarse como información confidencial.

  • Todo el personal relacionado con la Evaluación de Conformidad (personal interno o agentes externos tales como miembros de comités, contratistas, personal de entidades externas), deben mantener la confidencialidad de toda la información obtenida o generada durante la realización de las actividades de Evaluación de la Conformidad, excepto si les es requerida por ley.

  • Como Organismo Notificado, ITC INTECA informará a la Autoridad Notificante:

  • de cualquier denegación, restricción, suspensión o retirada de certificados;

  • de cualquier circunstancia que afecte al ámbito y a las condiciones de notificación;

  • de cualquier solicitud de información sobre las actividades de evaluación de la conformidad realizadas que hayan recibido de las autoridades de vigilancia del mercado;

  • previa solicitud, de las actividades de evaluación de la conformidad realizadas dentro del ámbito de su notificación y de cualquier otra actividad realizada, incluidas las actividades y las subcontrataciones transfronterizas.

Esta comunicación en el Estado Español se realizará a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

En el resto de Estados se realizará según indicaciones de la Comisión Europea en su página web.

  • ITC INTECA en sus actividades como ON, se compromete a proporcionar a los demás ON bajo la misma legislación comunitaria de armonización que realicen actividades de Evaluación de la Conformidad similares, y que contemplen los mismos productos, información pertinente sobre cuestiones relacionadas con resultados negativos y, previa solicitud, con resultados positivos de la Evaluación de la Conformidad. En este punto ITC INTECA se informa de los ON´s, a través de la página de la Comisión Europea, según listado de ON en función de actividad acreditada.

  • ITC INTECA en sus actividades como ON, deberá informar a la autoridad notificadora, la entidad de acreditación y sus clientes sobre sus actividades, de acuerdo a lo establecido en los requisitos legales o acuerdos contractuales, vía directivas Comisiones o documentos emitidos por Autoridades Notificadoras nacionales

Firmado: Manuel Rapado de la Iglesia.

CEO

 

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